viernes, 9 de noviembre de 2007

RETENCIONES SOBRE SUELDOS

Los empleadores respecto de sus trabajadores en relación de dependencia, deberán practicar una liquidación anual de las retenciones practicadas durante el período fiscal.
También están obligados a solicitar a los empleados, a los cuales corresponda practicar retenciones de Ganancias, que confeccionen una declaración jurada patrimonial.
El agente de retención deberá presentar ante la AFIP un formulario 649 por cada empleado con vencimiento despué del mes de febrero del siguiente año.
Luego habrá otra fecha para reintegrar o retener la diferencia entre el monto retenidos al trabajador y el que surge de la liquidación anual.
Esto es así, conforme lo indica la RG 1261 de la AFIP.
Declaración Jurada Anual
Formulario 649
Cuando la retención fue practicada por el total correspondiente, no se presenta el formulario pero éste debe conservarlo el empleador o, en su defecto, deben conservarse los planillados confeccionados manualmente o mediante sistemas computarizados.
En cambio, ante la obligación de presentarlo, deberá realizarse la presentación munida de un listado con los datos referenciales de cada uno de los sujetos que generan la presentación.
Se recomienda preparar los formularios 649 en forma manual, computarizada o a través del sistema de liquidación de sueldos utilizado y entregar una copia al empleado.
Declaración Jurada Patrimonial (F. 762/A)
Los empleados que durante el año hubieran percibido ganancias netas iguales o superiores a $ 72000, deberán presentar una declaración jurada, formulario 762/A, con detalle de sus bienes al 31 de diciembre valuados conforme a las normas del impuesto sobre los Bienes Personales.
El empleado deberá confeccionar el formulario 762/A mediante el uso del programa aplicativo,
y debe correrse bajo el entorno SIAP.
El empleador deberá informar a la AFIP la nómina de los empleados que, resultando obligados a presentar el ticket acuse de recibo de su formulario 762/A, no lo hubieran realizado.
En este sentido precisó que es necesario informar:
Nombre y apellido,
CUIT o CUIL,
Domicilio de cada empleado que no entregó el ticket de presentación del F 762/A.

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